Semanalmente se realizan más de 15 mil test de alcoholemia en puntos fijos y móviles de control vehicular. Cuando se detecta a conductores de vehículos circulando bajo efectos estupefacientes se los infracciona según lo indica la legislación vigente.
La Ley 7846 establece la prohibición de conducir vehículos con impedimentos físicos o psíquicos, o habiendo consumido estupefacientes, medicamentos, y/o cualquier otra sustancia que disminuya la aptitud para conducir y/o habiendo consumido bebida alcohólica en cualquier grado.
La normativa señala también que todo conductor está obligado a someterse a los procedimientos necesarios para determinar su estado de intoxicación con sustancia psicoactiva. La negativa o falta de cooperación para realizar la prueba constituye falta y se aplicará la sanción más grave.
Los infraccionados deben afrontar sanciones económicas que se calculan en Unidad Fija del 2 ‰ (por mil) del Salario Mínimo, Vital y Móvil como lo establece la Ley Provincial 8160 sancionada en septiembre de 2019. La multa mínima es de 100 UF y la máxima de 1600 UF, es decir más de 740 mil pesos en mayo de 2024.
La ingesta de alcohol daña el organismo y ocasiona una desconexión con la realidad por lo que conducir bajo efectos de esta sustancia psicoactiva implica peligro de sufrir un siniestro con graves consecuencias personales y a terceros.
El alcohol afecta la visión y la motricidad. Reduce la atención y el sentido de la responsabilidad. Genera efectos sobre la coordinación y los movimientos pierden precisión. Provoca un falso estado de euforia, seguridad y confianza.
Cabe destacar que en lo que va del año, la Policía Vial realizó más de 304 mil test de alcoholemia y detectó e infraccionó a 5058 conductores con alcohol en sangre.
Fuente: https://www.salta.gob.ar/prensa

