Gran parte de la comunidad médica coincide en que el proyecto de contrarreforma de la Ley 26.657, implica un retroceso en salud mental y derechos humanos. Entre los puntos más controvertidos se elimina la prohibición de crear nuevos institutos monovalentes, se aplican cambios en los criterios de internación y externación, y se extienden atribuciones para que jueces o familiares decidan sobre internaciones involuntarias .
Jueces y familiares podrán decidir en determinados casos
Alberto Trimboli es presidente honorario de la Asociación Argentina de Salud Mental (AASM), expresidente de la Federación Mundial de Salud Mental y ex director nacional de Investigación de SEDRONAR. Advierte que la aprobación de la modificación del artículo 5 pondría en riesgo la autonomía y la libertad individual, violando todos los tratados de organismo internacionales de los que nuestro país es parte.
” El juez podría internar involuntariamente a una persona sin una evaluación previa del equipo interdisciplinario teniendo en cuenta su ‘convicción’, y durante un tiempo incierto, esperando que un equipo profesional lo evalúe” , analiza.
El proyecto de contrarreforma también establece que ya no será necesario la firma de dos profesionales para internar involuntariamente a una persona, solo alcanzará con la firma de un psiquiatra o un psicólogo.
“Es un retroceso enorme porque abre la puerta a posibles errores del profesional y/o del juez poniendo en riesgo la libertad de una persona como sucedía antes de la vigencia de la ley 26.657 ” , asevera y recuerda el caso de la artista Natalia Kohen, la reconocida artista plástica que fue internada contra su voluntad en 2005.
“De aprobarse la reforma, se habilita la posibilidad de que se genere un enorme colapso en el sistema público de salud. Las guardias de los hospitales estarán siempre llenas de pacientes enviados por el juez para que se realice evaluaciones interdisciplinarias, seguramente la mayoría sin criterio de internación, mientras otros pacientes no podrán acceder”, pronostica.
La internación involuntaria también será posible en los casos en que no haya “adherencia” al tratamiento aunque no exista riesgo para sí o para terceros. “Esto último es de una gravedad inusitada, y parece tener como único objetivo la internación compulsivamente a aquellas personas que tengan un cuadro psicopatológico o consuman drogas” , refiere el psicólogo.
El especialista también hace hincapié en la modificación del artículo 22 que permite al representante legal del paciente oponerse tanto a la internación como a la externación y “solicitar la medida que terapéuticamente sea más adecuada”. Sobre este punto refiere que en muchos casos, al no tener conocimientos de psicopatología y salud mental y/o adicciones, el rol de defensor puede ser contraproducente.
Por otro lado, también se modifica el Órgano de Revisión. En su nueva conformación ya no participará el Estado, ni los organismos de derechos humanos, y lo que es más grave, excluye a los usuarios y familiares que con la ley actual tenían voz. Según Trimboli, la disposición, “desconoce que el OR es un organismo que controla las internaciones y los derechos de los pacientes, y que emana de tratados internacionales que establecen que será un órgano judicial independiente e imparcial” .
De aprobarse la reforma, el equipo interdisciplinario estaría compuesto por “un médico psiquiatra, un psicólogo, un técnico especialista en adicciones, un técnico especialista en cuestiones de niñez y adolescencia y un abogado especialista en la materia”.
Se habilita la creación de hospitales monovalentes
Uno de los puntos más controvertidos de las reformas que aplica la ‘ley ómnibus’ vuelve a reconocer y habilitar las internaciones en hospitales monovalentes y elimina la prohibición de la creación de nuevas clínicas. La modificación del artículo 27 establece que no será obligatoria la sustitución de los hospitales monovalentes vigentes por dispositivos alternativos (hospitales de día, salas de internación en hospitales generales, dispositivos sociolaborales, cooperativas, casas de convivencia, etc).
“En esta modificación ya no se nombra a los hospitales generales como tales sino como ‘instituciones adecuadas’. Es decir que no sería obligatorio que los hospitales generales, sanatorios y clínicas públicas y privadas tengan la obligación de abrir salas de salud mental y/o adicciones ni estarán obligados a crear servicios de salud mental dentro de sus estructuras” , detallá Trimboli.
Trabas y desafíos en la Ley de Salud Mental
” Han pasado casi 14 años, siete directores nacionales y cuatro gobiernos. El presupuesto nacional para salud mental debería haber alcanzado el 10% en 2013 y aún hoy se desconoce el número de camas habilitadas en hospitales generales así como el número de centros comunitarios para rehabilitación “, lamenta Hugo Cohen, psiquiatra y asesor subregional en Salud Mental de la OPS.
“Se carece de datos al respecto, l a primera impresión es que serían muy pocos. Tampoco se logró cerrar ni un solo hospital psiquiátri co”, refiere sobre el censo establecido cada dos años-y realizado por primera y última vez en 2019, y el aumento de la partida presupuestaria.
Cuando Cohen explica los desafíos que tiene por delante la aplicación íntegra de la ley 26.657, lo hace desde el rol que otorga a alguien la experiencia de un proyecto previo exitoso. A mediados de los ’80 fue jefe del Departamento de Salud Mental en Rio Negro, cuando la provincia se convirtió en la primera en aplicar la “desmanicomialización”.
Este proceso inició con el cierre del Hospital Allen y la reforma del sistema de salud mental de ese entonces y culminó en 1991 con la sanción de la ley provincial 2440, precursora de la ley nacional vigente.
Luciano Grasso fue director nacional de Salud Mental y Adicciones del Ministerio de Salud de la Nación durante la gestión de Cambiemos y reconoce en línea con Cohen que, pese a que la ley recepta estándares internacionales y fue aprobada por unanimidad, no logró implementarse de forma eficiente.
“Todos los sistemas públicos y privados de seguridad social tienen que dar lugar a una internación involuntaria de una persona que lo necesita y tiene que cumplir los protocolos de atención básicas de una persona que necesita atención psicológica o un abordaje para el tratamiento de adicciones” , enfatiza.
Sostiene que es un problema que persiste por dos motivos: por un lado, los hospitales generales no están adaptados para recibir a personas que necesitan atención psicológica o un abordaje integral para el tratamiento de adicciones; por otro lado, hay muchos sectores de poder y profesionales de la salud que son dueños de clínicas, que están en contra de la implementación de la ley de salud mental.
” Les dicen a los familiares que no pueden internar a los usuarios de forma involuntaria porque la ley no se los permite. Se entiende que un modelo que sigue financiando las internaciones se va a sentir amenazado por una iniciativa que propone un tratamiento de abordaje comunitario” , puntualiza.
Fuente: https://www.cronista.com/

