El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional (TOCC) N°17 de la Capital Federal condenó este lunes a Nahuel Federico Moyano a 17 años de prisión, tras haberlo declarado culpable por participar del tiroteo en el que murió Nayla Noemí Torrilla, de 4 años, mientras jugaba en un cumpleaños infantil dentro de la Villa 1-11-14, en febrero de 2023.
En el mismo fallo también sentenciaron al asesino por otro homicidio. La Justicia consideró probado que Moyano asesinó a Cristian Ezequiel Escobedo, en el mismo barrio, durante enero de 2021.
En la balacera que mató a Nayla además resultaron heridos dos hombres, a quienes el grupo de sicarios que integró Moyano fueron a atacar deliberadamente por un presunto ajuste de cuentas.
Durante el juicio, María Luz Castany, titular de la Fiscalía General N°30 ante los Tribunales, había propuesto una condena de 19 años para Moyano. Sin embargo, el tribunal, integrado por los jueces Juan Giudice Bravo, Pablo Vega y Julio López Casariego, determinó que el acusado era culpable de los delitos de homicidio agravado con uso de arma de fuego y de tentativa de homicidio en tres oportunidades.
La reconstrucción de los crímenes
El lugar donde mataron a Nayla en la Villa 1-11-14
Según el fallo, mientras se estaba festejando un cumpleaños infantil en la Calle 10 el 7 de febrero de 2023, entre las 21:30 y las 21:50, Moyano y otras tres personas intentaron asesinar a dos hombres, disparándoles al menos 32 balazos. Nayla resultó herida de gravedad en el tórax y murió aproximadamente una hora después en el Hospital Piñero.
El proceso judicial reveló que el tiroteo fue resultado de un enfrentamiento entre bandas rivales vinculadas al tráfico de drogas y otras actividades ilegales. Según el tribunal, antes del ataque existían tensiones debido al intento de usurpación de una vivienda en el barrio, relacionado con conflictos entre diferentes familias.
Además, uno de los dos hombres heridos declaró en el juicio y reconoció a Moyano como uno de los atacantes. Según describió, el grupo disparaba “indiscriminadamente” con diferentes tipos de armas.
Moyano fue aprehendido en marzo de 2023 en Virrey del Pino. En el curso de la investigación se logró establecer que también era buscado por otro homicidio en la Villa 1-11-14, ocurrido el 12 de enero de 2021.
Nahuel Moyano, al ser detenido en Virrey del Pino por la policía
La víctima, Escobedo, circulaba en una moto junto a otra persona cuando tuvo un brevísimo altercado verbal con Moyano. Según los testimonios, este último le dijo: “¿Qué me saludás, gato?”, antes de empujarlo del vehículo y dispararle en la cabeza. En efecto, la víctima solamente lo había saludado.
El acompañante, único testigo del caso, manifestó que Moyano no actuaba solo en el momento del crimen, sino que iba con un cómplice, aunque no había mencionado a esta segunda persona inicialmente por miedo a amenazas. Según declaró, personas desconocidas llegaron a su domicilio advirtiéndole que no testificara en contra de Moyano, motivo por el cual solicitó protección mediante un botón antipánico.
Durante el debate oral y público, el juez Giudice Bravo se refirió al testimonio del acompañante de Escobedo. “El cuadro probatorio descripto permitió acreditar con certeza que el autor del homicidio de Escobedo fue el acusado Moyano y, al mismo tiempo, destruir su solitaria versión de que ese día no estuvo en el lugar del hecho. Por lo demás, su comportamiento posterior al hecho tampoco resultó compatible con su alegada inocencia si se tiene presente que, justamente después de ocurrido el homicidio, estuvo prófugo por más de dos años hasta que, merced a las tareas de investigación realizadas por la policía, fue detenido en un domicilio de la provincia de Buenos Aires”, fundamentó el juez Giudice Bravo, con la adhesión de sus pares.
El tribunal determinó que Moyano es culpable del homicidio de Escobedo y de tres tentativas de homicidio en el caso del ataque que llevó a la muerte de Nayla. Según los jueces, Moyano y sus cómplices sabían del riesgo de herir a personas -muchas de ellas menores de edad- ajenas al conflicto, pero igualmente realizaron los disparos.
“Entonces, teniendo en cuenta que la acometida se desarrolló en las condiciones descriptas Moyano tuvo que representarse la probabilidad de alcanzar alguna de esas personas y quitarle la vida, razón por la cual obró con dolo eventual de homicidio, agravado por el empleo de un arma de fuego, en grado de tentativa al no haberse acreditado, como se dijo, que haya sido él quien con sus disparos alcanzó el cuerpo de la niña”, concluyó el juez del caso.