“Los motivos esgrimidos en la objeción carecen de sustento fáctico y jurídico”, sostuvo Pablo López Viñals en un escrito que dirigió al ministro de Seguridad y Justicia de la Provincia, Gaspar Javier Solá, en contestación a la impugnación que presentó el juez Gonzalo Mariño contra la renovación del acuerdo para seguir en la Corte salteña.
En esa presentación, del pasado 9 de mayo, el camarista denunció una “doblez” en la conducta institucional de López Viñals y cuestionó la legitimidad ética y jurídica de su eventual continuidad, por la contradicción entre sus fallos recientes y su aceptación para ser revalidado en el cargo.
El cuestionado juez de Corte, cuyo mandato está a horas de expirar, afirmó que la objeción “no está relacionada con ninguna incompatibilidad derivada de una infracción a disposiciones de la Constitución o de las leyes que, eventualmente, pudiera impedir el otorgamiento de un nuevo acuerdo”.
López Viñals esgrimió que el juez de Cámara “me atribuye una presunta incompatibilidad moral por el hecho de haber firmado una sentencia dictada por la Corte de Justicia en un caso que lo tiene como actor”. Agregó que lo que cuestionó Mariño “es una decisión de la Justicia que le fue adversa”, y remarcó que “la sentencia de la Corte fue adoptada por el voto concordante de la totalidad de las señoras juezas y de los señores jueces habilitados para intervenir en la causa”. López Viñals señaló que en esa decisión se concluyó que el límite de edad de 70 años “era directamente operativo y, en consecuencia, de aplicación inmediata a las magistradas y magistrados inferiores en ejercicio de la función judicial al momento de sancionarse la reforma Constitucional”. Y alegó que el voto que emitió como miembro de la Corte en “el ejercicio regular de un deber legal no puede, en ningún caso, constituirse en fuente de incompatibilidades”.
El pasado 7 de enero, López Viñals firmó junto a otros vocales de la Corte la acordada 14.302, por la que se estableció que todos los jueces inferiores que alcancen los 70 años deberán cesar en sus funciones de forma definitiva el próximo 30 de junio, en consonancia con la reforma constitucional de 2021. Esa decisión impactó de lleno sobre la carrera judicial de muchos magistrados, incluido el propio Mariño, quien promovió una acción de inconstitucionalidad cuestionando la aplicación retroactiva de la norma.
Doblez ético
En la impugnación del nuevo acuerdo, Mariño recordó que López Viñals avaló, junto a otros seis vocales, la aplicación plena e inmediata de la nueva Constitución para otros jueces y que ahora busca renovar su mandato basándose, implícitamente, en el derogado régimen anterior que sí permitía reelección. El camarista afirmó que esto coloca a López Viñals en una “encrucijada ética insalvable”, porque o bien falló contra sus convicciones y a favor de intereses políticos, o bien ahora actúa contra el nuevo marco legal con el único objetivo de beneficiarse personalmente. “Su actuación judicial en una causa promovida por mi parte, demuestra a las claras que se encuentra incurso en una de dos situaciones, ambas incompatibles con la ecuanimidad, hombría de bien, buena fe, coherencia, impermeabilidad a las presiones políticas, honradez intelectual y prevalencia de la vigencia de las leyes e instituciones republicanas, por encima de sus propios intereses”, recalcó Mariño, tras insistir en que el cuestionado juez de Corte “no puede a la vez sostener para los demás jueces una postura, y para él mismo otra diametralmente opuesta”.
Oscura etapa
Mariño dejó en claro que las objeciones a la renovación del acuerdo no se limitan solo a ese doblez ético y jurídico. Recordó que López Viñals llegó a la Corte con serios cuestionamientos a su desempeño como procurador general entre 2008 y 2009, etapa en la que se multiplicaron las causas inconclusas, las investigaciones empantanadas y los reclamos de víctimas sin respuesta. Uno de tantos casos paradigmáticos fue el doble crimen de las francesas Cassandre Bouvier y Houria Moumní, cuyas irregularidades en la investigación aún resuenan, especialmente luego de la liberación de Santos Clemente Vera por orden de la Corte Suprema.
En ese marco, su eventual continuidad en la Corte es considerada no solo por Mariño como un signo de desconexión con el reclamo de renovación y transparencia que la sociedad exige al sistema judicial. Aunque la postulación de los vocales de la Corte debe pasar por un procedimiento participativo previo a la designación, persiste la sospecha de que dicha instancia podría ser una mera formalidad. La impugnación de Mariño, acompañada por documentos y fallos que buscan demostrar la incongruencia jurídica de López Viñals, interpela directamente a los poderes políticos sobre el valor que realmente se le otorgará a la participación ciudadana y a los antecedentes éticos de los postulantes.
La impugnación reavivó un debate clave dentro del Poder Judicial de Salta: ¿la reforma constitucional de 2021 se aplica automáticamente a jueces designados antes de su vigencia? La Corte, con López Viñals incluido, ya sentó una postura con la acordada 14.302, estableciendo que los jueces que cumplan 70 años cesarán en sus cargos el 30 de junio, sin importar si asumieron bajo el régimen anterior.
Oposición del FOCIS
El Foro de Observación de la Calidad Institucional de Salta (FOCIS) advirtió que una renovación del acuerdo para López Viñals, sujeta a pactos políticos, comprometería la independencia del Poder Judicial, por lo que pidió al Senado provincial abrir un debate amplio y transparente. Al respecto, el abogado Armando Caro Figueroa precisó: “Los integrantes de FOCIS nos opusimos a la designación de López Viñals. El letrado agregó que “nosotros advertimos que la Justicia salteña funciona mal” y subrayó la responsabilidad “es de la Corte y sus integrantes”.