Llega mayo y con un súper fin de semana XXL ¿cómo serán los feriados?

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En mayo, apenas iniciado, se viene un fin de semana extra largo, ideal para hacerse un viajecito, disfrutar y planear algún paseo. En el quinto mes del año suele haber dos asuetos en el país y esta ocasión habrá un día no laborable.

En mayo, apenas iniciado, se viene un fin de semana extra largo, ideal para hacerse un viajecito, disfrutar y planear algún paseo. En el quinto mes del año suele haber dos asuetos en el país y esta ocasión habrá un día no laborable.

El primero será el 1° de mayo, fecha en la que se conmemora el Día del Trabajador. Según detalla el calendario oficial de feriados nacionales 2025 que difunde la Jefatura de Gabinete en su sitio, este año cae un jueves. De todos modos, de acuerdo a Ley 27399 -que detalla el establecimiento de feriados nacionales y fines de semana largos- es un asueto inamovible y no se cambia de fecha para crear un descanso extendido.

De todos modos, algunas personas podrán disfrutar de un fin de semana largo los primeros días de mayo. Esto se debe a que el Gobierno nacional tiene la potestad de incluir tres feriados o días no laborables en el calendario para fines turísticos.

En ese sentido, para 2025 se determinó que el viernes 2 de mayo es un día no laborable. A diferencia de los asuetos nacionales, este tipo de jornadas quedan a discreción de cada empleador, quien define si sus trabajadores deben asistir a sus puestos de trabajo.

El otro feriado es el 25 de mayo, jornada por la cual se celebra la Revolución de Mayo. Sin embargo, pocos podrán aprovechar esta fecha porque este año cae un domingo. Este no se corre porque es un feriado inamovible, por lo cual no se puede correr el asueto a otro día. Esta excepción solo se permite con los feriados trasladables, que en nuestro país son el 17 de junio (Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes), el 17 de agosto (Paso a la Inmortalidad del General Don José de San Martín), el 12 de octubre (Día del Respeto a la Diversidad Cultural) y el 20 de noviembre (Día de la Soberanía Nacional).

La ley 20.744 o de Contrato de Trabajo precisa en el artículo 181 que en los días feriados nacionales rigen las normas legales sobre el descanso dominical. Mientras que en el 182 explica que los días no laborales son optativos para el empleador.

En el caso de los feriados nacionales rigen las normas de descanso dominical. Es decir, que, en caso de que el empleado preste sus servicios durante el feriado, deberá cobrar el doble de una jornada habitual. Mientras que en los días no laborales, el empleador tendrá la opción de elegir si se trabaja y, si decide hacerlo, el empleado percibirá su salario simple.

El feriado nacional deberá abonarse el doble de una jornada habitual, mientras que en un día no laborable su remuneración es como la del salario simple.

Todos los feriados y días no laborables de mayo 2025

Feriados

1° de mayo: Día del Trabajador.

25 de mayo: Día de la Revolución de Mayo.

Días no laborables

2 de mayo: día no laborable con fines turísticos.

Fuente: https://www.eltribuno.com/salta/seccion/policiales

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