Importadores podrán trasladar su mercadería para verificación y reducir sus costos portuarios

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En aquellos casos en los que a la destinación de importación se le haya asignado canal rojo o naranja de selectividad, el declarante podrá optar por el traslado de la mercadería a un depósito fiscal (Foto: Shutterstock)

La Resolución General 5644/2025 publicada hoy en el Boletín Oficial, establece que los importadores podrán trasladar su mercadería a depósitos fiscales para la verificación física y documental. Esto representa un ahorro del 80% en los costos, en comparación con la estadía de las cargas en la terminal portuaria.

El comunicado señala que la medida responde, “a los fines de favorecer la fluidez del comercio exterior, la reducción de costos para los importadores en materia de fiscalización y el tiempo de desaduanamiento de la mercadería, así como la simplificación y la mejora en los controles a practicar sobre las destinaciones”.

De esta forma, y a partir de 30 días desde hoy, el declarante podrá optar por el traslado de la mercadería desde la zona primaria aduanera de arribo a un depósito fiscal, en aquellos casos en los que a la destinación de importación se le haya asignado canal rojo o naranja de selectividad.

El procedimiento

De acuerdo con la nueva normativa, el traslado podrá efectuarse desde la zona primaria de arribo hasta un depósito fiscal dentro de la misma jurisdicción aduanera, conforme lo establecido en la Resolución General N° 2.889 y sus modificatorias.

Además, a los fines de preservar la integridad de la carga, garantizando la circulación segura de la mercadería hasta el depósito fiscal de destino, se dispondrá la colocación del Precinto Electrónico de Monitoreo (PEMA), conforme lo establecido en la Resolución General N° 2.889 y sus modificatorias.

La presentación de la destinación de importación ante el servicio aduanero y la asignación del verificador que intervendrá en el control físico y documental de la mercadería, se efectuarán en el depósito fiscal de destino.

Esta reglamentación entrará en vigencia “a los 30 días corridos contados a partir de su publicación en el Boletín Oficial y será de aplicación conforme el cronograma de implementación que estará disponible en el micrositio: ISTA – Iniciativa de Seguridad de Tránsito Aduanero” del sitio “web” de esta Agencia de Recaudación y Control Aduanero (https://www.arca.gob.ar).

Fuente: https://www.infobae.com/tag/policiales