La Justicia avaló que el Municipio de Pilar siga cobrando tasas en las facturas de Edenor

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El martes, Adrián González Charvay, titular del Juzgado Federal de Campana, aceptó la solicitud presentada por la Municipalidad de Pilar y dictó una medida cautelar que deja sin efecto la Resolución 267/2024 emitida por la Secretaría de Comercio e Industria de la Nación. Esta resolución prohibía a los municipios incluir tasas en las facturas de servicios públicos como electricidad y gas natural.

La decisión del juez se enmarca en una causa iniciada por un amparo presentado por el municipio, que defendía su derecho manifiesto e incuestionable de percibir la Tasa de Servicios Generales (anteriormente conocida como Tasa Municipal de Alumbrado Público), incorporándola en la factura individual emitida por Eedenor S.A., y la Tasa por Vigilancia, Inspección y Desarrollo de Emprendimientos para la Provisión del Servicio Público de Gas por Redes, incluyéndola en la factura individual emitida por Naturgy Ban S.A.

Fundamentos Legales

El municipio de Pilar basó su pedido en la ley provincial 10.740 y en el convenio vigente con Edenor para cobrar el tributo municipal a través de su inclusión en la factura de servicios de dicha empresa.

Asimismo, el municipio mencionó las normas provinciales que regulan la energía eléctrica y la competencia del organismo de control (OCEBA) en ese territorio.

En su fallo, el juez federal destacó que la Constitución de la Provincia de Buenos Aires permite a los municipios dictar ordenanzas y reglamentos, así como establecer su presupuesto y los recursos necesarios para financiarlo.

Además, señaló que los tributos en cuestión fueron establecidos mediante ordenanzas municipales y que su cobro a través de las facturas de servicios de las empresas se realizó mediante un convenio -en el caso del gas- y un acuerdo firmado con Edenor -en el caso de la electricidad-.

Informes

Con estos fundamentos, el juez determinó que se cumplían los requisitos para otorgar una medida cautelar interina y, en consecuencia, suspendió la resolución de la Secretaría de Comercio de la Nación.

Por último, el juez González Charvay solicitó un informe a dicho organismo del Estado Nacional y, posteriormente, deberá decidir si convierte esta medida interina en una medida cautelar definitiva.

Fuente: https://salta.telefe.com/redes

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