La Corte Suprema, la Embajada y la AMIA

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La bomba explotó a las 9.53 del 18 de julio de 1994. (Reuters)

Desde sus resoluciones de mayo y septiembre de 1999, la Corte Suprema de Justicia de la Nación responsabiliza por el atentado contra la embajada del Estado de Israel en Buenos Aires a un grupo operativo de la Jihad Islámica. Y ese mismo grupo terrorista se encuentra también acusado de haber atacado del mismo modo la sede de la AMIA, el 18 de julio de 1994. Pero en dos investigaciones que durante 30 años han tramitado por separado.

La Corte Suprema autorizó desde un inicio la participación en su trámite de personal del Estado de Israel y de los Estados Unidos e hizo pie en sus informes reservados: “Tenemos certeza de que el Hezbolá libanés fue el responsable del atentado del 17 de marzo de 1992. La organización Jihad Islámica, un brazo armado del Hezbolá libanés, reivindicó el atentado declarando que fue una represalia por un ataque israelí en que murió el líder del Hezbolá, Abbas al-Musawi”, concluyó la CIA. “La célula operativa estaba compuesta por varios operativos libaneses, expertos que ingresaron a la Argentina en los días previos, con el fin de llevarlo a la práctica, y por dos operativos libaneses de Hezbolá que vivían en Argentina y en la Triple Frontera desde un largo período antes, con el objetivo de establecer la infraestructura logística”, concluyó el Mossad.

La información recibida ya antes de ese primer atentado daba cuenta de la situación registrada en Medio Oriente tras el asesinato de Musawi, las alertas sobre represalias y las advertencias transmitidas acerca de que “Israel no escapará a la venganza” y “correrá mucha sangre”. Y una situación similar se dio también antes del atentado a la AMIA, con la información recibida sobre el secuestro en el Líbano del dirigente integrista Mustafá Dirani y nuevas alertas acerca de que “el frente se ha extendido a todo el mundo” y que “los combatientes musulmanes han probado que sus manos pueden llegar a la Argentina”. Todo esto se muestra con detalle en “30 Días”.

“Aún no hemos encontrado evidencias definitivas del apoyo directo de Irán en el atentado, pese a la evidencia circunstancial y los informes de inteligencia”, concluyeron los expertos estadounidenses sobre los que se respaldó entonces la decisión de la Corte Suprema; que dispuso además, ya hace 25 años, la captura de Imad Mughniyeh, ya que la misma información de inteligencia lo señalaba como “el responsable de la Jihad Islámica” al tiempo de cometerse el atentado a la embajada de Israel.

En los mismos términos se dictó también su captura internacional por el caso AMIA, en mayo de 2003, hace ya más de 21 años. Y respecto de las referencias hechas en ambos trámites al Partido de Dios, se ha explicado también que “Jihad Islámica” era el nombre común que utilizaba no sólo Hezbolá sino otros grupos chiitas por entonces. En ninguno de los dos trámites se ha concretado ninguna imputación a sus autoridades y la Corte Suprema tampoco avanzó nunca en atribuir responsabilidad a ningún diplomático ni ciudadano iraní. En el caso AMIA, las acusaciones contra funcionarios iraníes se han sucedido desde el primer día y desde febrero de 2003 se reclaman órdenes de captura de las más altas autoridades del gobierno de la República Islámica de Irán y concernientes a “embajadores, ministros y cónsules extranjeros” en los términos en que el artículo 117 de nuestra Constitución establece la jurisdicción originaria y exclusiva de la Corte Suprema.

En relación con el grupo operativo de la Jihad Islámica al que se acusa de cometer ambos atentados, en ambas investigaciones se desplegó además la misma línea de pesquisa, centrada en las actividades atribuidas al libanés identificado entonces como Samuel Salman El Reda, y su hermano José, aquellos asentados en la región desde finales de la década del ‘80 y sobre los que se reclama orden de captura por el caso AMIA también desde febrero de 2003.

Las milicias de Hezbollah

La Corte Suprema ya había dispuesto para entonces la captura de José Salman El Reda y en 2015 sumó la de Hussein Mohamad Ibrahim Suleiman, a quien se atribuye haber ingresado a nuestro país los explosivos detonadores que fueron utilizados en ambos atentados. La inteligencia israelí señaló además que las dos bombas para los dos ataques en Buenos Aires las armó el mismo “ingeniero”, otro libanés, Malek Obeid, junto con un “ayudante” al que también identificó.

Se identificó además a Hussein Hamed Karaki y a Khaled Kazem Kasem, ambos libaneses, quienes habrían comandado el segundo atentado desde Brasil y se señaló además que habrían intervenido en Buenos Aires ya en el atentado de 1992, Karaki directamente participando con una identidad falsa en la adquisición de la camioneta que se usó como coche-bomba. Y se indicó que en la adquisición de la Trafic que se usó en el atentado en la AMIA habría intervenido, junto con Salman El Reda, otra persona, también libanés, a quien se identificó como Amed Akil Reda. Concluyó también que los dos atentados los cometió un grupo compartimentado y muy pequeño de operativos de la Jihad Islámica; que no hubo argentinos involucrados; y que todos los que siguen vivos residen en Beirut, a excepción claro de los dos conductores suicidas, que se señala que habrían sido también libaneses.

Tal es el estado de las investigaciones y después de tres décadas la tarea aún no ha terminado, ni mucho menos. La Corte Interamericana de Derechos Humanos notificó recientemente su condena al Estado argentino por no haber adoptado medidas para prevenir el atentado contra la sede de la AMIA, así como por no haber cumplido con su deber de investigar, durante los 30 años que pasaron, ni el propio atentado, ni su posterior encubrimiento, en el que además intervinieron las propias agencias de gobierno.

En su sentencia, destacó expresamente que el Estado argentino ha mantenido como hipótesis que en los dos atentados estuvo involucrado el mismo grupo, el cual era objeto de vigilancia y que en efecto, a lo largo de las diferentes investigaciones se ha demostrado una conexión entre ambos hechos. Y condenó que se utilizó el aparato estatal para encubrir y obstaculizar la investigación: “Ha sido la propia actuación estatal la que ha impedido a las víctimas y a sus familiares conocer la verdad de los hechos a través de la investigación y el proceso penal”

Se cuestionó así la primera década de las actuaciones a cargo del juez y los fiscales iniciales, donde el Estado utilizó su propia capacidad e institucionalidad para desviar la investigación. Pero además se cuestionó la actuación que le siguió durante las otras dos décadas, con la ingeniería institucional que los reemplazó y el fracaso de la investigación conducida por la UFI AMIA.

Atentado a la Embajada de Israel

Se pudo constatar así también en esta etapa la falta de impulso y el incumplimiento del deber estatal de actuar con debida diligencia en la investigación, se cuestionaron errores graves en el manejo de la prueba y otra serie de dificultades. La Comisión Interamericana advirtió que la principal línea de investigación de la UFI AMIA se sustentó especialmente en informes de inteligencia (y para más, algunos, como el del 2003, ya han sido controvertidos o superados en varias de sus hipótesis) y que no hubiera sido el resultado de una investigación diligente y exhaustiva: “En este sentido, resulta necesario realizar diligencias adicionales encaminadas tanto a fortalecer dicha hipótesis de investigación o bien cualquier otra hipótesis adicional o complementaria que resulte útil para el esclarecimiento de la verdad”.

La CIDH advirtió además que la incorporación de este tipo de informes de inteligencia generaba un deber de practicar diligencias adicionales que permitieran confirmar las hipótesis planteadas. Y observó que, en vista de que gran parte de la información que constaba en la causa se encontraba en informes de inteligencia, de no llevarse adelante diligencias dirigidas a obtener pruebas conforme a las normas procesales, no podría obtener un pronunciamiento judicial encaminado hacia la verdad. Y a propósito de ello, en su condena, la Corte Interamericana ha impuesto a nuestro país que debe “iniciar, continuar, impulsar y/o reabrir las investigaciones que sean necesarias para individualizar, juzgar y, en su caso, sancionar a los responsables de los hechos del presente caso y establecer la verdad de lo ocurrido, todo ello en un plazo razonable”.

A 30 años del atentado a la AMIA se impone así a nuestro país el despliegue de una nueva ingeniería institucional en reemplazo de las dos extendidas que ya han fracasado y llevaron a la reciente condena. Las investigaciones de ambos atentados deben ser de una vez conectadas. Y en tal sentido debe ser enmarcada la propuesta que hemos escuchado el miércoles pasado de Ariel Lijo, que es el juez que se encuentra hoy a cargo del caso AMIA, en la presentación que ante la Comisión de Acuerdos del Senado hizo como candidato a ser un nuevo Juez de la Corte Suprema, respecto de la creación de una secretaría especial que pueda allí entonces por fin ocuparse.

La tragedia de los dos atentados terroristas en Buenos Aires lleva ya más de 30 años y nuestro país está obligado hoy a remover todos los obstáculos que los mantienen aún en la impunidad total.

Fuente: https://www.infobae.com/tag/policiales