Según especificaron desde el Ministerio de Salud, en las próximas horas se publicará en el Boletín Oficial las modificaciones del artículo 266 del DNU. Allí se introducirán ” aclaraciones ” con respecto a la reglamentación propuesta para el personal médico y la industria farmacéutica.
DNU: ¿Cuál es el artículo que dio de baja el Gobierno?
En el mega decreto, el Gobierno le impedía a los médicos mencionar marcas comerciales a la hora de brindar una receta médica. Sin embargo, tras la modificación, se volverá a habilitar la sugerencia de nombres o algún laboratorio en particular.
El Gobierno modificó el artículo del DNU sobre las recetas médicas.
Pese a este cambio, según especificó TN, el documento establecería que el consumidor tiene derecho de ” sustituir la misma por una especialidad medicinal de menor precio que contenga los mismos principios activos, concentración, forma farmacéutica y similar cantidad de unidades que el prescripto “.
Además, se dictaminó que los establecimientos que no estén habilitados como farmacias solo puedan vender antiácidos y analgésicos, y no otros medicamentos.
Para esto, deberán contar con un lugar especial de almacenamiento, ” separado e independiente de otros productos comerciales “, que reúna las condiciones de ” higiene, seguridad, limpieza, amplitud, luz y ventilación adecuadas “.
Por otra parte, los medicamentos de venta libre en los locales que no se inscriben como farmacias deberán encontrarse fuera del alcance de los clientes.
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