Conclusión
Juan C. Donato
El Capítulo XVIII Sección III de la Ley de “Bases y Puntos de partida para la Libertad de los Argentinos” abre el mar argentino, no para extender su Zona Económica Exclusiva (ZEE), sino para adentro, autorizando cuotas, a los buques extranjeros.
Las modificaciones a al Régimen Federal de Pesca (Ley 24.922) implica, desatender control de especie, elimina facultades del Consejo Federal Pesquero en el otorgamiento de permisos de pesca, la obligatoriedad de descargar la producción de los buques pesqueros en muelles argentinos, además de flexibilizar en cuestiones como la antigüedad de los buques (nada menos) y la mano de obra argentina especializada, en un mundo que crece el desempleo.
Los riesgos de tales medidas están siendo evidenciados en medios especializados por profesionales del sector pesquero como el Dr. César Lerena, donde explican con evidencia científica los riesgos de votar una reforma normativa como la que se pretende realizar. Mi experiencia portuaria, obliga a no mirar para otro lado y hacer algún aporte al debate que se viene; sobre todo cuando se pone en juego un recurso renovable y agotable como la pesca, conviene en estos casos recurrir a algunas experiencias de países similares, marítimos y pesqueros y mirar cómo cuidan sus recursos y vigilan sus zonas económicas exclusivas.
El reordenamiento de océanos en la segunda mitad del siglo XX y el agotamiento de algunos de los grandes caladeros internacionales a causa de la sobrepesca, desencadenaron conflictos entre aquellos países que deseaban monopolizar la despensa marítima de ciertas regiones, extendiendo su influencia en ellas.
En 1995, (atlántico noroeste) se produjo conflicto de dimensiones entre la flota a distancia española y el estado ribereño de Canadá, que trató de contrarrestar la depredación mediante la nacionalización de los recursos pesqueros adyacentes a sus costas. Eso dio lugar a la llamada “guerra del fletán”.
En 1994, Canadá había modificado su legislación interna para adoptar una postura más firme frente a la pesca e inició un despliegue aeronaval en la zona para hacer efectiva dicha prohibición, un año después tras un ultimátum de un buque de la armada canadiense, desoído por el barco arrastrero español “Estai” derivó en la persecución, abriendo fuego que terminó con el apresamiento del pesquero tras varias horas de persecución.
Ese incidente internacional se denominó “La guerra del fletán” y pudo resolverse mediante una negociación de urgencia entre las partes que culminó con la firma de un acuerdo pocos días después que contemplaba la derogación de la legislación canadiense que permitía arrestar a buques españoles y portugueses en aguas internacionales y permitió un reparto más justo de las cuotas de captura del fletán.
El conflicto hispano canadiense, nos muestra amenazas que rodean a un recurso natural que pone en discusión cuestiones soberanas en el mundo entero y previene riesgos de medidas que proponen asesores o funcionarios que desconocen el sector que deben administrar.
Otros casos
La guerra del bacalao entre Reino Unido e Islandia que comenzó en 1974 y se extendió hasta que la conferencia extraordinaria de la ONU, el 1 de junio de 1976 consiguió un acuerdo donde se aceptaban las 200 millas de exclusión, finalmente en 1994 la comunidad internacional reconoció oficialmente esas 200 millas de la discordia. Podríamos citar otros ejemplos de crisis pesqueras como la de Marruecos en 2001 o Noruega en 2006.
Conclusión
Fuente: https://www.cronista.com/