CONFIRMADO | Estas son las fechas de pago para jubilados en 2024

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En pocos días, los jubilados del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) recibirán el primer depósito del 2024.

Con el objetivo de ayudar a los adultos mayores a organizar sus finanzas, el organismo publicó un calendario de pagos tentativo. De esta manera, los titulares podrán saber en qué fechas recibirán el monto de su pensión.

Primer pago de 2024 para jubilados del ISSSTE. Fuente: archivo

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¿Cuándo se depositará el primer pago del año para jubilados del ISSSTE?

A partir del 2 de enero, el ISSSTE depositará el monto de la pensión en la cuenta de los beneficiarios. Sin embargo, quienes cobren a través de una afore o aseguradora estarán sujetos a las condiciones establecidas por las instituciones.

Pensión ISSSTE: calendario de pagos 2024

Tomando como base el calendario de pagos de 2023, las fechas de cobro para titulares de la Pensión ISSSTE en 2024 serían las siguientes:

Enero: 2 de enero.

Febrero: 31 de enero.

Marzo: 29 de febrero.

Abril: 29 de marzo.

Mayo: 30 de abril.

Junio: 31 de mayo.

Julio: 28 de junio.

Agosto: 31 de julio.

Septiembre: 30 de agosto.

Noviembre: 31 de octubre.

Diciembre: 29 de noviembre.

Sin embargo, este calendario no está confirmado. Las fechas indicadas podrían ser modificadas por diversas razones , como días festivos, días no laborables o cambios administrativos.

Estas son las fechas de cobro para pensionados del ISSSTE en 2024. Fuente: archivo

Cómo serán los pagos de las pensiones ISSSTE en 2024

Los pagos de las pensiones contributivas otorgadas por el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) seguirán siendo mensuales en 2024 , tal como definió el Gobierno de México.

¿Quiénes reciben una pensión en México?

En México, existen dos formas de acceder a una pensión:

A través del Régimen de 1973

A través del Régimen de 1997

Los trabajadores que comenzaron a cotizar antes del 1 de julio de 1997 deberán tramitar su retiro a través del primer esquema; en tanto, aquellos que lo hicieron después del 1 de julio de 1997 deberán tramitar su jubilación a través del segundo esquema, que se basa en Administradoras de Fondo para el Retiro (Afores).

Fuente: https://www.cronista.com/