La Corte siguió el sano camino de las instituciones

0
44
La Corte Suprema de Justicia ocupa un lugar paradojal dentro del delicado equilibrio que forman los tres poderes del Estado: a diferencia del Ejecutivo y el legislativo, no es un poder político; pero su acción principal, que se expresa con sus sentencias, tiene consecuencias que afectan la vida pública de país de un modo más intenso y duradero que cualquier decreto o ley.

La Corte Suprema de Justicia ocupa un lugar paradojal dentro del delicado equilibrio que forman los tres poderes del Estado: a diferencia del Ejecutivo y el legislativo, no es un poder político; pero su acción principal, que se expresa con sus sentencias, tiene consecuencias que afectan la vida pública de país de un modo más intenso y duradero que cualquier decreto o ley.

Su actuación está enmarcada por dos principios ordenadores: non liquet, axioma que significa que un juez nunca puede abstenerse; no puede callar, siempre tiene que pronunciarse (justicia significa eso, ius dicere, decir derecho); y tal vez el más importante: justice delayed is justice denied, que obliga a los jueces a sentenciar a tiempo, porque la justicia tardía es lo mismo que no hacer justicia, o peor.

Este segundo principio es el de mayor centralidad en la época contemporánea, de tiempos perentorios que ponen en cuestión la eficacia del sistema democrático. El reclamo general es la demora y la falta de respuestas.

La justicia no es ajena a esa crisis; más, está en el centro de la escena, siendo una de las mayores críticas que se le formulan su tiempo elástico, que muchas veces no se condice con la urgencia de los asuntos que debe resolver.

Esta circunstancia aumenta la paradoja en la que actúa: mientras la sociedad exige a los gobernantes soluciones rápidas a problemas cada vez más complejos, la justicia enfrenta el dilema entre la pausa que exige ponderar bien sus decisiones para evitar injusticias y no demorar más de la cuenta.

La decisión que tomó la Corte Suprema confirmando la condena contra una ex presidente de la Nación, puso en evidencia como nunca ese desafío de hoy y de siempre. Y optó por un sano camino institucional: aprontó los tiempos y se expidió fundadamente para rechazar un recurso de queja.

Más allá de lo procesal, está claro que su decisión acarreará consecuencias que van a tener efectos de altísimo impacto en la coyuntura y el futuro político del país.

Nadie puede ser tan ingenuo de pensar que estas consideraciones no han tenido un peso tan significativo como la letra fría de la ley. Bastan como referencia dos antecedentes recientes en Brasil y en Francia, con decisiones puntuales que reconfiguraron el ajedrez político de esos países.

Lo importante es que salió del entuerto volviendo a los principios, que le permitieron enmarcarlo adecuadamente, siguiendo la máxima que un problema bien planteado es un problema resuelto. La Corte debe decidir, no podía no hacerlo: non liquet. Y debía hacerlo a tiempo, porque justicia demorada no es justicia, es injusticia.

La forma de hacer política que tiene es aplicando la ley, hablando con sus sentencias y oportunamente.

No debe medir su acción en términos de costos ni conveniencias, sino pensando especialmente su rol institucional: no hay otro modo de reconciliar la justicia con la sociedad que resolviendo y a tiempo.

Esto debe valer para dentro del sistema judicial, a todas las instancias inferiores. Y para afuera, porque es el mejor aporte que se puede hacer a un país tan necesitado de seguridad jurídica.

Fuente: https://www.eltribuno.com/salta/seccion/policiales

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí