El Ministerio de Capital Humano y la Anses presentaron ayer una demanda ante la Justicia contra el exvicepresidente Amado Boudou para que devuelva más de 230 millones de pesos que percibió en concepto de su jubilación de privilegio.
El reclamo apunta al reintegro de $236.066.031,25, monto correspondiente a los haberes cobrados por Boudou durante el período en que percibió la asignación mensual vitalicia como exvicepresidente durante el mandato de Cristina Kirchner de 2011 hasta 2015.
Este beneficio, considerado una jubilación de privilegio, le fue revocado tras su condena penal por corrupción por el caso Ciccone.
En rigor, se le exige a Boudou esa cifra “más su pertinente actualización” ya que fueron “percibidos indebidamente”, según se indicó en un comunicado.
El motivo de la demanda es que el exvicepresidente fue declarado autor penalmente responsable de los delitos de cohecho pasivo y negociaciones incompatibles con la función pública en el marco del caso Ciccone, lo que lo inhabilita legalmente para cobrar ese tipo de pensiones especiales.
Boudou fue condenado en 2018 a cinco años y diez meses de prisión por haber sido encontrado culpable de cohecho activo en la compra irregular de la empresa calcográfica Ciccone, luego estatizada para conveniencia del entonces vicepresidente.
El fallo contra Boudou por corrupción quedó firme en 2020 por la confirmación de la Corte Suprema, y el también exministro de Economía de Cristina Kirchner está inhabilitado de por vida para ocupar cargos públicos.
Rechazo
En paralelo a la demanda iniciada por el Gobierno nacional -a través de Capital Humano y la Anses-, la Justicia Federal rechazó una medida cautelar solicitada por Boudou para que fuera restituida la jubilación de privilegio.
Boudou argumentó en el Juzgado de la Seguridad Social N° 4 que había solicitado este beneficio en diciembre de 2015, tras dejar el cargo. Sin embargo, adujo que solo empezó a percibirlo desde agosto de 2020, sin pagos retroactivos por los años entre 2015 y 2020. Y calificó el retiro de su pensión por parte de Anses como “ilegítimo” e “inconstitucional”.
Anses, al fundamentar su decisión, apeló al artículo 29 de la Ley N° 24.018, que establece: “Los beneficios de esta ley, no alcanzan a los beneficiarios de la misma que, previo juicio político, o en su caso, previo sumario, fueren removidos por mal desempeño de sus funciones”.