Respuestas previsionales

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Juliana Colque: “Mi mamá está en pareja hace muchos años, pero ellos nunca se casaron. Él es jubilado y lamentablemente está con graves problemas de salud. Mi preocupación es si ella puede hacer algo para el día de mañana eventualmente solicitar la pensión”.

Juliana Colque: “Mi mamá está en pareja hace muchos años, pero ellos nunca se casaron. Él es jubilado y lamentablemente está con graves problemas de salud. Mi preocupación es si ella puede hacer algo para el día de mañana eventualmente solicitar la pensión”.

Buen día Juliana. De acuerdo a la Ley tienen derecho a pensión el o la conviviente. Dice la norma: “Se requerirá que él o la causante se hallase separado de hecho o legalmente, o haya sido soltero, viudo o divorciado y hubiera convivido públicamente en aparente matrimonio durante por lo menos cinco (5) años inmediatamente anteriores al fallecimiento. El plazo de convivencia se reducirá a dos (2) años cuando exista descendencia reconocida por ambos convivientes.”

El trámite de convivencia previsional puede realizarse en vida de ambos de Anses o, en el caso de estar fallecido uno de ellos, se puede realizar con la pensión. Alguna documentación que puede ser importante para acreditar el vínculo son: DNI, actas de defunción con coincidencia de domicilios, actas de nacimiento de los hijos, boletas de servicios que llegaban al domicilio de convivencia a nombre de ambos, extensiones de tarjetas de crédito, pólizas de seguro de vida o de sepelio, etc.

Esteban Castellanos: “Por favor si puede informar sobre el proyecto que se trató días pasados en el Congreso”

Buen día Esteban. La semana pasada la Cámara de Diputados aprobó por mayoría un proyecto de Ley que mejora los ingresos de los jubilados y pensionados. Aún deberá ser tratado en el Senado. Aunque el proyecto prevé las fuentes de financiamiento, el presidente Javier Milei anticipó que vetará la norma en caso de ser aprobada. En concreto, el proyecto contempla un aumento del 7,2% para todos los beneficiarios (en la práctica, un magro aumento de $21.940), además de una suba del bono a $110.000 (está congelado desde marzo de 2024), con actualización por inflación. En síntesis, se intenta recuperar el poder compra de los beneficiarios en estos últimos años. El proyecto, que tiene chances de ser aprobado en Senadores, prevé fuentes de financiación; aun así, corre riesgos de no hacerse realidad.

María del Carmen Peñaloza. “Recibo la AUH por mi hijita y quería saber qué pasó con el complemento de salud que paga Anses”

Buen día María del Carmen. Como pasa todos los meses, en estos días, Anses informó el nuevo monto del Complemento Salud, que es equivalente a lo que cobras de Asignación Universal por Hijo (AUH). Quedó establecido en $109.498 por hijo, y alcanza a $356.545 en caso de hijo con discapacidad. Sin embargo, no lo percibirás en junio dado que el Complemento Salud del Plan de los Mil Días fue acreditado en marzo pasado. Se trata de un pago anual para niños de hasta 3 años de la AUH. Aquellas personas que no lo cobraron en marzo ya no lo recibirán en 2025 incluso si regularizan su situación. De todas formas, es importante cumplir con los requisitos para percibirlo en 2026. Es necesario que el o la niña tenga menos de 3 años y esté cubierto por la AUH. La familia debe contar con el alta en el Plan Sumar, que garantiza la cobertura médica gratuita en hospitales y centros de salud públicos. El alta en dicho programa se lleva adelante en los centros de salud. Los beneficiarios deben tener presentada la Libreta antes del 31 de diciembre de cada año.

Fuente: https://www.eltribuno.com/salta/seccion/salta

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