Interpusieron un habeas corpus colectivo y preventivo por la militarización de la frontera norte

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Con una acción de hábeas corpus colectivo y preventivo que ingresó ayer al Juzgado Federal de Orán, las organizaciones nucleadas en la Mesa de Derechos Humanos de Salta solicitaron la declaración de inconstitucionalidad de los instrumentos con los que el gobierno nacional autorizó a las fuerzas armadas a intervenir en materia de seguridad interna y habilitó el despliegue militar del llamado Plan Roca en la frontera norte.

Con una acción de hábeas corpus colectivo y preventivo que ingresó ayer al Juzgado Federal de Orán, las organizaciones nucleadas en la Mesa de Derechos Humanos de Salta solicitaron la declaración de inconstitucionalidad de los instrumentos con los que el gobierno nacional autorizó a las fuerzas armadas a intervenir en materia de seguridad interna y habilitó el despliegue militar del llamado Plan Roca en la frontera norte.

Asimismo, y en carácter de medida cautelar urgente, pidieron al Juzgado a cargo Gustavo Montoya que ordene al Poder Ejecutivo Nacional abstenerse de aplicar las reglas de empeñamiento militares, el artículo 11 del decreto de necesidad y urgencia 1112/2024, cualquier otro apartado o instrumento legal que permita o habilite la detención de civiles por parte de las fuerzas armadas hasta tanto se resuelva el fondo de la acción interpuesta. Esto es la declaración de inconstitucionalidad del DNU 1112/2024 por el que se estableció el nuevo Sistema Nacional de Defensa, así como de la resolución 347/2025 del Ministerio de Defensa de la Nación, que habilitó la actuación militar en la frontera norte.

“Ambos instrumentos son contrarios a derechos constitucionales básicos como la libertad ambulatoria, el debido proceso legal y la garantía de juez natural, entre otros”, afirmó ayer el abogado Martín Plaza, acompañado en una conferencia de prensa por Blanca Lescano, Nora Leonard, Fernando Pequeño Ragone, Elena Eloisa Rivero y Rodrigo Solá.

Efectivos militares desplegados en la frontera norte de Salta como parte del llamado Plan Roca.

El letrado que patrocina la acción judicial subrayó que el DNU 1112/24 y la resolución 347/2025 permiten la detención de civiles que las fuerzas armadas consideren en flagrancia. Sobre el objeto, el carácter y el alcance del hábeas corpus, Plaza explicó que se procura “prevenir cualquier tipo de acción ilegítima y privación ilegal o arbitraria de la libertad” que podría sufrir cualquier persona del colectivo representado (la ciudadanía de Salta) y sobre todo aquellos ciudadanos que están en la zona donde se está desarrollando el operativo Roca y se encuentran en una situación de vulnerabilidad porque muchos son trabajadores de la economía informal”.

“Nunca más”

Desde la Mesa de Derechos Humanos de Salta se dejó en claro cuáles y cuan profundas son las razones y preocupaciones traducidas en la acción judicial presentada ante el fuero federal de Orán. Y así las resumieron: “Las organizaciones de derechos humanos y ciudadanos comprometidos con la memoria, la verdad y la justicia, alzamos nuestra voz frente a la situación en Salta. El hábeas corpus colectivo preventivo presentado no es solo un texto jurídico, sino una expresión de preocupación y determinación para defender los derechos humanos. La intervención militar en la frontera norte de Salta se enmarca en una impunidad que el Gobierno Nacional parece creer que tiene para actuar. La historia de dolor y resistencia de las víctimas del terrorismo de Estado nos otorga legitimidad para cuestionar el rol de las fuerzas armadas en este momento. El despliegue militar es inconstitucional y peligroso, evocando el accionar del terrorismo de Estado. La presencia militar amenaza la libertad ambulatoria, la intimidad y el derecho a la protesta de las comunidades indígenas y campesinas de la frontera; y la de todos los habitantes que en ella trabajan. La falta de reacción de los representantes políticos y judiciales nos impulsa a recurrir a la Justicia Federal. Este hábeas corpus es una defensa activa de la democracia y los derechos humanos, buscando confrontar la actitud del gobierno y garantizar que el NUNCA MAS sea una realidad viva en la frontera”.

Accionantes

Son accionantes en el habeas corpus colectivo y preventivo Blanca Lescano (Familiares de Detenidos-Desaparecidos por Razones Políticas y Gremiales de Salta); Nora Leonard (Asociación de Derechos Humanos Lucrecia Barquet); Elia Fernández (H.I.J.O.S. – Hijos e Hijas por la Identidad y la Justicia contra el Olvido y el Silencio); Elena Eloisa Rivero (Asociación de Derechos Humanos Coca Gallardo); Bertha Graciela Lozana Maggi (Liga Argentina por los Derechos Humanos), y Fernando Pequeño Ragone, por derecho propio.

Marco

El artículo 43 de la Constitución Nacional consagra el derecho de cualquier persona a deducir un hábeas corpus como acción expedita y rápida, toda vez que el derecho lesionado, restringido, alterado o amenazado fuera la libertad física, o en caso de agravamiento ilegítimo en la forma o condiciones de detención, o en el de desaparición forzada de personas, basado en el interés de procurar la protección o promoción de los derechos fundamentales propios o de terceros, sin que sea exigible la acreditación de representación de ningún tipo.

Fuente: https://www.eltribuno.com/salta/seccion/policiales

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