Consultado sobre ese antecedente por Cadena 365, Alejandro Saravia, exfiscal de la Corte, sostuvo que “si no se cumplió la norma, la designación de la doctora Ovejero sería nula”. Saravia recordó que en 2021, cuando se reformó la Constitución de Salta, quedó establecido en el artículo 156 que los jueces de la Corte duran diez años sin posibilidad de ser nombrados nuevamente. “No pueden ser reelegidos en ese cargo”, afirmó. El exfiscal de la Corte sostuvo que el argumento “es medio disparatado” . Y añadió que “me hace acordar a cuando dicen está medio embarazada: o estás embarazada o no estás embarazada”, enfatizó.
Otro jurista, Guillermo Martinelli, afirmó que hay una clara violación a la Constitución de Salta en el intento de renovar el cargo de López Viñals en la Corte. Martinelli, exdiputado provincial y uno de los convencionales constituyentes de 2021, recalcó que el espíritu y la letra de la reforma fueron la limitación de mandatos, por lo que ningún juez que haya formado parte del máximo tribunal salteño debería ser designado nuevamente, sin importar que no haya completado el período”.
Sobre el antecedente esgrimido en adhesión al nuevo acuerdo para López Viñals, Martinelli se preguntó si un error debe ser un precedente y una justificación para seguir cometiéndolo.”En el caso de la doctora Ovejero se cometió un error, pero eso no habilita a seguir incurriendo en errores. El derecho es una ciencia, y la ciencia se construye sobre principios, no sobre errores”, precisó.
Sobre estas afirmaciones, las objeciones que presentaron el Foro de Observación de la Calidad Institucional de Salta (FOCIS) y el Colegio de Abogados y Procuradores de Salta, con una unánime adhesión de los colegios profesionales del NOA, hicieron notar que el escándalo judicial detonado por la postulación de López Viñals tiene criterios que adoptó la Corte salteña el pasado 7 de febrero, a través de la acordada 14.302, que hicieron aún más grave y evidente la vulneración constitucional denunciada.
En esa acordada, López Viñals y otros miembros de la Corte dispusieron que los magistrados de primera y segunda instancia que cumplan los 70 años deberán cesar en sus funciones. Esa acordada se fundamentó en una interpretación directa del nuevo artículo 156 de la Constitución Provincial y fue sustentada en la necesidad de aplicar inmediatamente la reforma a todos los jueces en funciones. “En consecuencia, sería profundamente contradictorio que los mismos jueces que sostuvieron la vigencia inmediata de la reforma para casos ajenos intenten ahora excepcionarse de ella”, se cuestionó.
Advierten sobre una posible judicialización
El constitucionalista Omar Carranza, también aludió a la renovación que tuvo el acuerdo de Teresa Ovejero en abril de 2024 como antecedente que podría influir en la decisión del Senado. Advirtió sobre la posibilidad de una judicialización que podría complicar aún más la situación institucional por el respaldo de los actuales miembros de la Corte a la postulación de López Viñals. Recordó que la reforma constitucional de 2021 eliminó la renovación de cargos cada seis años y la reemplazó con un nuevo régimen que no contempla la redesignación, lo que deja abierta una disputa legal y política.