La medida introduce tres instrumentos: los “Lineamientos generales y específicos para la acreditación”, el “Procedimiento para la solicitud de accesos y acreditación” y un “Modelo de declaración jurada y matriz de evaluación objetiva”. Estos documentos reemplazan a la disposición 4/2024 dictada por la gestión anterior, y definen nuevos mecanismos para el ingreso de trabajadores de prensa a las salas habilitadas dentro del recinto presidencial.
Se establecen dos tipos de acreditación, una de carácter anual y otra eventual. Para obtenerlas, los solicitantes deberán presentar documentación que respalde su vínculo profesional con un medio de comunicación, acreditar su trayectoria, y acompañar la solicitud con métricas verificables de audiencia. La evaluación estará a cargo de una matriz con puntajes mínimos de admisión, basada en criterios como la frecuencia de cobertura, el alcance del medio y su especialización temática.
Además, se fijan topes de ingreso para cada espacio físico. En la Sala de Periodistas “Decano Roberto Di Sandro” el límite será de 25 personas, mientras que en la Sala de Conferencias podrán acceder hasta 36, siempre según la evaluación realizada en función de los criterios mencionados.
Uno de los puntos incorporados es la exigencia de un código de vestimenta para quienes participen de conferencias de prensa en la sede gubernamental. “Se establece que el código de vestimenta para las conferencias será formal, en razón de la naturaleza institucional del acto y su trascendencia a nivel nacional e internacional”, detalla la resolución. La Subsecretaría de Prensa quedará como autoridad de aplicación y tendrá la facultad de dictar disposiciones aclaratorias o complementarias para garantizar el cumplimiento de la normativa.