El impedimento de contacto es una problemática que, durante años, ha permanecido en las sombras del sistema judicial argentino. A pesar de los esfuerzos por visibilizar esta situación, solo recientemente consiguió captar la atención pública debido a casos mediáticos como el de Wanda Nara y Mauro Icardi. Este fenómeno, que afecta a numerosos padres y, sobre todo, a los niños involucrados, merece una reflexión profunda sobre las falencias y desafíos de nuestro sistema legal en materia de derechos familiares.
Desde la Asociación Civil Morelli, trabajamos incansablemente para que el impedimento de contacto sea reconocido y abordado con la seriedad que merece. Lograr que este tema ingresara en la agenda pública, los medios de comunicación y, finalmente, en las discusiones del Senado y el Congreso, fue un camino arduo. Sin embargo, a pesar de estos avances, la realidad nos muestra que aún queda mucho por hacer.
El caso de Wanda Nara y Mauro Icardi volvió a poner en el centro del debate público las consecuencias del impedimento de contacto. Según informes y notas periodísticas, la disputa entre la expareja suma nuevas acusaciones, restricciones y un conflicto por la custodia de sus dos hijas. Lo sucedido evidencia cómo, en situaciones de separación conflictiva, uno de los progenitores puede obstaculizar la relación del otro con sus hijos, desobedeciendo resoluciones judiciales y dejando al padre o madre afectado en una posición de vulnerabilidad.
Es alarmante observar cómo, en múltiples ocasiones, las madres o progenitoras principales incumplen las resoluciones judiciales que garantizan el derecho de los padres a mantener contacto con sus hijos. Este desacato no solo vulnera los derechos del progenitor, sino que también afecta el bienestar emocional y psicológico de los niños, quienes se ven privados de una relación plena con ambos padres.
A pesar de que la justicia puede fallar a favor del progenitor impedido, la ejecución efectiva de estas resoluciones es, en muchos casos, deficiente. La falta de mecanismos coercitivos y sanciones claras para quienes incumplen las órdenes judiciales deja a los padres en una situación de desamparo, perpetuando el ciclo de impedimento de contacto. Esto revela una grieta estructural: el sistema judicial argentino aún no ha logrado hacer cumplir, con firmeza y celeridad, una ley vigente desde 1993 como lo es la Ley 24.270, que penaliza este tipo de conductas.
La situación se complica aún más cuando los niños son trasladados a otro país, como ocurre en el caso de Nara e Icardi. Esta circunstancia añade obstáculos legales y logísticos para el progenitor que busca restablecer el contacto, enfrentándose a diferentes jurisdicciones y sistemas legales, en muchos casos sin el apoyo del Estado argentino, que debería actuar con celeridad frente a este tipo de conflictos internacionales de familia.
El caso Arcoiris (nombre ficticio de una menor de 6 años) es un ejemplo de lo referido. En ese sentido, es menester mencionar la reciente resolución de la Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional de La Rioja, que dejó firme el procesamiento de la madre, acusada de desobediencia a la autoridad e impedimento de contacto de su hija con su padre. La causa, que fue un emblema de la lucha por los derechos de la niñez, llega a una instancia clave que ratifica la necesidad de velar por el bienestar de los menores y garantizar el derecho a mantener el vínculo con ambos progenitores.
Es imperativo que el sistema judicial argentino fortalezca los mecanismos para garantizar el cumplimiento efectivo de las resoluciones relacionadas con el contacto parental. Además, es fundamental promover una cultura de corresponsabilidad en la crianza, donde ambos progenitores reconozcan y respeten la importancia del otro en la vida de sus hijos. Solo así podremos asegurar el bienestar integral de los niños y niñas, quienes son, en última instancia, los más afectados por estas disputas.
Desde la Asociación Morelli abogamos por políticas públicas que protejan el derecho de los niños a mantener una relación saludable con ambos progenitores, independientemente de las diferencias que puedan existir entre los adultos. Es nuestra responsabilidad colectiva velar por el interés superior del niño y garantizar que crezcan en un entorno de amor, respeto y equilibrio.
Fuente: https://www.lapoliticaonline.com