Requisito previo al corte de energía por falta de pago

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En la Cámara de Diputados se agendó para la sesión de mañana un proyecto de ley destinado a establecer un requisito que deberá cumplir la empresa cuando disponga el corte del servicio de energía por falta de pago.

En la Cámara de Diputados se agendó para la sesión de mañana un proyecto de ley destinado a establecer un requisito que deberá cumplir la empresa cuando disponga el corte del servicio de energía por falta de pago.

La iniciativa procura establecer que para hacer cortes o suspensiones del servicio de energía eléctrica por falta de pago, la empresa concesionaria “debe notificar, obligatoriamente, al usuario en forma fehaciente con 48 horas de anticipación”.

En los fundamentos, la diputada Socorro Villamayor detalló que el proyecto de ley tiene por objeto establecer un requisito específico para la suspensión y el corte del suministro de energía en la provincia de Salta.

Ello es “que la empresa de distribución de energía eléctrica deba notificar en forma fehaciente, por lo menos con 48 horas de anticipación, a los usuarios a los que suspenda o corte el servicio”, señaló.

La legisladora agregó que se busca “reforzar el deber de trato digno a los usuarios, principio que está receptado en numerosas leyes y las Constituciones Provincial y Nacional; en numerosas ocasiones, los usuarios no tienen conocimiento certero respecto al estado de deuda ya que abonan sólo con su número de NIS y no acceden a las facturas”, puntualizó.

Fuente: https://www.eltribuno.com/salta/seccion/policiales

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