La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) implementó cambios en su régimen de información para operaciones con tarjetas de crédito y débito realizadas fuera del país. A través de la Resolución General 5662/2025, publicada en el Boletín Oficial, el organismo estableció nuevos requisitos que los bancos y administradoras deberán cumplir a partir de julio del próximo año.
Con esta disposición, las entidades emisoras de tarjetas deberán reportar información más detallada sobre cada compra, incluyendo el número y la marca de la tarjeta utilizada, el nombre del comercio, el país donde se efectuó la operación, el monto en moneda extranjera y en pesos, así como el código de rubro del comercio. También se exigirá la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) de la entidad emisora y otros datos como la moneda de origen y el número de identificación del comercio.
Además, el nuevo régimen amplía el alcance del control al incluir las compras realizadas por titulares adicionales y beneficiarios de tarjetas extendidas, quienes hasta ahora no estaban contemplados en estos reportes.
Según ARCA, la medida busca mejorar la fiscalización de las operaciones realizadas en el exterior y prevenir maniobras de evasión fiscal. Las entidades financieras deberán adaptarse a estos cambios en los próximos meses para garantizar el cumplimiento de la normativa.