“Entonces mi papá me violó”

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La Sala III del Tribunal de Impugnación confirmó la sentencia contra un hombre a la pena de tres años de prisión en suspenso por ser autor del delito de abuso sexual simple doblemente calificado por la convivencia y la guarda en perjuicio de una menor.

La Sala III del Tribunal de Impugnación confirmó la sentencia contra un hombre a la pena de tres años de prisión en suspenso por ser autor del delito de abuso sexual simple doblemente calificado por la convivencia y la guarda en perjuicio de una menor.

Condena que se le impuso por un hecho que salió a la luz cuando madre e hija miraban las noticias, en esa ocasión la niña le preguntó cómo era una violación y la madre le explicó que nadie debía tocarla. “Entonces lo que me hizo mi papá es una violación”, dijo la menor. “Prefiero estar muerta antes de quedarme con papá”, disparó la niña en otro momento, porque él le pegaba y “hacía cosas”.

Los jueces Eduardo Barrionuevo y Pablo Mariño puntualizaron que el testimonio de la víctima “constituye un elemento incriminante de alto valor, toda vez que la niña mediante un relato claro y detallado indicó que ocurrió en la cama grande, después de comer, describe de manera pormenorizada la ubicación en la que se encontraba y lo que le hacía en referencia al sometimiento sexual sufrido”.

El hecho que no precisara la fecha de lo ocurrido, cuestionado por la defensa del condenado, “no le quita veracidad a su testimonio, toda vez que no se trata de un dato relevante que permita descartar o hacer dudar de la existencia del hecho en el que se asienta la acusación”, dijeron los jueces.

“Tratándose la víctima de una niña de 8 años, no cabe dudas que los tocamientos a los que la sometió encuadran en el delito de abuso sexual simple, sin que se requiera para ello que haya mediado otra circunstancia (violencia, amenazas, etc.) y mucho menos una acción para repeler el ataque de parte de la víctima, como sostiene el defensor”, apuntaron.

Concluyeron entonces que la sentencia “contiene una fundamentación adecuada respecto de los hechos” atribuidos al acusado.

Fuente: https://www.eltribuno.com/salta/seccion/policiales