Elderogó y modificó diversas normativas eliminando la necesidad de que los fabricantes e importadores de textiles realicen declaraciones juradas sobre la composición de sus productos.Lo hizo a través de lapublicada este miércoles en el Boletín Oficial, la cualEn 1995 se había establecido que todas las prendas, confecciones y calzados posean una etiqueta de tela donde se especifique el lugar de producción, los nombres del exportador e importador en el caso que provengan del exterior, y la composición porcentual de las fibras o materiales, con el objetivo de permitir controles y determinar los responsables legales del cumplimiento de las normativas vigentes.Posteriormente se instrumentó una–con validez de 180 días- para respaldar la veracidad de la información que se suministra en el etiquetado como condición previa para comercializar el producto, en la cual también se pueden requerir muestras del mismo.El objetivo de esto era que los consumidores reciban información correcta y no sean inducidos a engaños sobre los materiales de los productos que adquiere.La resolución elimina esta declaración jurada con el objetivo de “simplificar y reducir los trámites administrativos”, logrando así “una mayor fluidez y facilidad en la operatoria comercial”, se señala en los considerandos.Como consecuencia de este cambio,En el caso de ausencia de etiqueta en indumentaria importada, se podrá informar en una nota a la Dirección Nacional de Gestión Comercial Interna las cantidades y tipo de mercadería junto con sus materiales constitutivas, o entregar una muestra al Instituto Nacional de Tecnología Industrial para que los especifique.